Sindicato STAO

08/04/2007

El Congreso aprueba el Estatuto básico del Empleado Público

El sueldo de los empleados públicos estará vinculado a la productividad

El pleno del Congreso ha aprobado en el día de ayer definitivamente, con enmiendas procedentes del Senado, el proyecto de Ley del Estatuto Básico del Empleado Público que regulará las condiciones laborales de 2,5 millones de funcionarios y empleados de las Administraciones Públicas.

Algunas novedades incluidas en el Estatuto:

  • Percepción de trienios para los funcionarios interinos.
  • Derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio y un día más adicional a partir del octavo.
  • La petición de la jubilación parcial para el personal funcionario del Régimen General de Seguridad Social.
  • El acoso laboral como falta muy grave y la no discriminación por orientación sexual.
  • Que la oferta de empleo público se desarrolle en un plazo improrrogable de tres años (situación que no se cumplía actualmente para el personal laboral).
  • Se incluye que la jornada de trabajo pueda ser a tiempo completo o a tiempo parcial.
  • Que en concordancia con el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores el personal laboral además de ser fijo o temporal pueda ser por tiempo indefinido.
  • Se introducen dos disposiciones adicionales para garantizar los derechos de la carrera profesional y se modifica el artículo 14 donde se recogen los derechos individuales de los empleados públicos.
  • Se han adaptado los permisos de los empleados públicos a la nueva Ley de Igualdad de Hombres y Mujeres.
  • Se han reforzado las garantizas en la evaluación del desempeño vinculada a la continuidad en el puesto de trabajo, dándose audiencia al interesado y la correspondiente resolución motivada.
  • Se introduce como falta toda discriminación por razón de sexo.
  • Comienza el desarrollo del Estatuto en la Administración General del Estado (AGE) con tres nuevos Decretos

El Estatuto necesitará tiempo y normas que desarrollen su contenido por lo que el próximo 17 de abril, responsables del Ministerio de Administraciones Públicas iniciaran el proceso, cuyo objetivo con carácter urgente serán tres decretos: uno estará dedicado a LA REGULACIÓN DEL TELETRABAJO, el segundo se referirá a CÓMO SE HA DE MEDIR Y EVALUAR EL RENDIMIENTO DE LOS TRABAJADORES y el tercero, a DEFINIR Y DESCRIBIR LA FUNCIÓN DEL DIRECTIVO PÚBLICO.